EL GOBIERNO NO PROHIBIRÀ LA CIRCULACIÒN DE TODOTERRENO POR LAS VÌAS RURALES
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) no prohibirá la circulación de todoterrenos por las vías rurales en la futura norma que prepara junto a Interior y Medio Ambiente para mejorar la seguridad vial en el medio rural, según el último borrador del real decreto al que tuvo hoy acceso Europa Press.
No obstante, en una redacción previa del borrador se disponía que "queda prohibida la circulación de vehículos con tracción a las cuatro ruedas por todas aquellas vías de la red viaria rural que no dispongan de pavimento aglomerado asfáltico u hormigón, excepto en aquellos tramos en que se encuentre debidamente autorizado y señalizado".
Este borrador anterior recogía la excepción de esta prohibición a los vehículos para actividades agrícolas, ganaderas, forestales, para la transformación y venta directa de productos de la explotación, y para actividades de conservación del espacio natural y turísticas. También estaban exentos los vehículos militares.
Desde el Ministerio de Agricultura sostuvieron que la redacción actual de la futura norma "no contempla ninguna prohibición genérica para la circulación de vehículos", aunque contiene "una serie de limitaciones" para la circulación de vehículos en estos caminos que se están consultando tanto con las organizaciones agrarias como con las comunidades autónomas.
Concretamente, el último borrador establece que la velocidad máxima de los vehículos no podrá superar los 50 kilómetros por hora en los caminos rurales principales, límite que baja a los 40 kilómetros para los secundarios y hasta los 30 para los terminales, aunque se podrá bajar aún más en función del trazado y estado del camino.
Prohíbe además hacer carreras y competiciones con vehículos de motor de cualquier tipo sobre las vías de la red rural, que sólo podrán realizarse en aquellas pistas especialmente destinadas para estos fines.
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